domingo, 13 de mayo de 2012



Los Derechos humanos


Los derechos humanos incluyen tanto derechos como obligaciones. Los Estados asumen las obligaciones y los deberes, en virtud del derecho internacional, de respetar, proteger y realizar los derechos humanos . La obligación de respetarlos significa que los Estados deben abstenerse de interferir en el disfrute de los derechos humanos, o de limitarlos. La obligación de protegerlos exige que los Estados impidan los abusos de los derechos humanos contra individuos y grupos. La obligación de realizarlos significa que los Estados deben adoptar medidas positivas para facilitar el disfrute de los derechos humanos básicos. En el plano individual, así como debemos hacer respetar nuestros derechos humanos, también debemos respetar los derechos humanos de los demás.



  • A la vida.
  • A la integridad personal -física, psíquica
      y moral.
  • A la libertad personal.
  • A peticionar ante las autoridades.
  • A la libertad de expresión.
  • A la protección de la libertad de conciencia y de
      religión.
  • A reunirse libremente y a asociarse.
  • A la identidad y la nacionalidad.
  • A la propiedad privada.
  • A circular y a residir en el territorio de un Estado.
  • A un juicio justo en un plazo razonable ante un tribunal
      objetivo, independiente e imparcial y a la doble instancia judicial.
  • A la presunción de inocencia.
  • A la defensa.
  • A no ser discriminado.
  • A trabajar.
  • A la salud.
  • A la cultura.
  • A la protección y asistencia familiar.
  • A la asistencia de niños y adolescentes.
  • A recibir protección y asistencia durante el embarazo
      y parto.
  • A una alimentación, vestido y vivienda adecuadas.
  • A la educación pública y gratuita en todos
      los niveles de enseñanza.
  • A un medio ambiente sano y equilibrado.
  • A la autodeterminación de los pueblos.

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